Entidades sin ánimo de lucro
La aprobación de la Ley del Impuesto de Sociedades confirma que todas las entidades se verán obligadas a presentar este impuesto y, por tanto, a hacer cambios en su gestión en materia económica.
CONTABILIDAD
IMPUESTO DE SOCIEDADES
LEY DE TRANSPARENCIA



La Ley obliga a realizar una contabilidad llamada de la Partida Doble.
En la contabilidad por partida doble se sigue el principio de devengo, es decir, la imputación de ingresos y gastos se hace de acuerdo con la corriente real de bienes y servicios (cuando nacen los derechos y obligaciones), con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria (cuando se efectúa el pago o cobro).
En cambio, en la contabilidad por partida simple o Libro de Caja se sigue el principio de caja, es decir, los movimientos se contabilizan únicamente cuando modifican el saldo de las cuentas de tesorería, entradas y salidas de dinero.
NO necesariamente implicará siempre un gasto económico
La propia Contabilidad de la Doble Partida, nos facilita el cumplimiento en la realización del Impuesto de Sociedades, que si lo gestionamos bien no siempre conllevará el tener que pagar.
Ley de transparencia catalana: a quien obliga a las entidades?
De obligado cumplimiento para las entidades sin Ánimo de Lucro el próximo 1 de julio de 2015.
El concepto transparencia en las organizaciones significa:
- La claridad en todo lo que la organización o menos.
- La calidad que permite a todo el mundo que se relacione con ella conocer y descubrir el funcionamiento e identidad de la entidad.
Es importante garantizar la transparencia a las entidades sin ánimo de lucro, porque:
- Genera confianza, interna y externa.
- Da legitimidad.
- Ayuda a cumplir con la misión de la entidad.
- Da coherencia como organización.